frtejera escribió:Amigos les cuento que tengo una antena de dtv adaptada para fta al amc6 para ver fta. Hoy llamo a la URSEC( unidad reguladora de servicios de comunicaciones) y le comento lo que tengo y me informan que es ilegal por mas que veo fta, me informan que el solo hecho de tener la antena, permite a la compañia de cable que me denuncie y el juez puede decretar el allanamiento y la incautacion de todo, multarme y prisión, lo cual le respondo que fta es legal en todo el mundo, lo cual me dice que una vez incautado se procede a revisar y si la ursec detecta que efectivamente es fta, me devuelven todo. Lo cual le manifiesto que la URSEC me haga una inspeccion y declarar mi equipo y me dicen que eso no lo hacen.Manifiesto tambien que hay cientos de casas que venden receptores fta con boleta y me dicen que no se puede. Que pais divino el Uruguay, uno quiero hacer las cosas bien y problema. Les aclaro que aca en Uruguay hay ciento de antenas y receptores y precisamente no ven el fta y....no pasa naranja. Vere que hago, estaba muy ilusionado con el fta y la caceria , es cierto que la probabilidad que me jodan en 1 en mil,pero existe. Encomiendo a todos los fta a llenar la casilla de correo en
http://www.ursec.gub.uy y plantear la molestia.
En lo que comentas hay algo que merece refinarse:
Esta es la ley aplicable:
La ley 17.520
Artículo 1º.- El que, para provecho propio o de un tercero, captare señales trasmitidas por cualquier medio destinadas exclusivamente a ser recibidas en régimen de abonados, sin serlo, será castigado con 80 UR (ochenta unidades reajustables) a 800 UR (ochocientas unidades reajustables), de multa o prisión equivalente.
Pero lo que te dijeron en la URSEC merece otras consideraciones.
Esto ya fue comentado en este foro con anterioridad, deberías leer los temas relacionados.
En derecho penal (derecho penal uruguayo en este caso) existe algo que se llama "
adecuación típica".
Adecuación típica es esto:
el imputado debe cometer exactamente la figura definida en la ley penal, si no es exactamente lo previsto en la ley, no hay delito.
La adecuación típica es lo que debe corroborar el Juez luego de un procedimiento tal como el allanamiento.
Si yo denuncio a alguien por tener una antena parabólica y digo que el presunto infractor la utiliza para bajar señales que están destinadas a los abonados a la TV Cable, el Juez deberá estudiar si lo que hace el infractor es exactamente "bajar señales que están destinadas a los abonados a la TV Cable".
Si bien es probable que te puedan hacer un allanamiento y es probable que te retiren el receptor, también es cierto que en tu defensa tienes el derecho de exigir que en el acta redactada en el momento del allanamiento, se deje asentado que lo que estabas mirando era "Paka Paka" (por ejemplo).
Paka Paka, no es un canal de TV que esté en la grilla de canales de ningún operador de cable de Uruguay que yo conozca.
Y además, ese canal es un canal público incluído entre los canales del AMC-6.
Lo mismo podría decirse de C5N (89w), Institucional (61w), TNU (78w), Educativo (30w), RTGE(15w) y/o TEST(113w), etc., todos en español salvo el último en chino básico.
Y ninguno de estos canales están incluídos en una lista de los operadores de TV para abonados.
Es tu derecho a hacer constar en el acta de allanamiento la veracidad de lo que está ocurriendo.
Allí no puede decirse mas que la verdad.
Y si de las resultancias del allanamiento, no se puede probar que vos mirabas HB* o G*l TV y en cambio mirabas "Paka Paka", el Juez preguntará a los denunciantes o a alguno de sus asesores o a la URSEC, si "Paka Paka" es un programa o canal destinado "exclusivamente a ser destinado para abonados a la TV cable".
Y si no integra ningún paquete de abonados, ya no es delito.
Lo mismo puede decirse de otra condicionante que está definida en la ley:
"
sin serlo ... (sin ser abonado de la TV cable)"
Si tu eres abonado y en el momento del allanamiento muestras tu factura, ya con eso, nadie podría retirarte ningún aparato.
Nada impide que vos seas abonado de un cable y ftapero al mismo tiempo.
Si igualmente la policía prosiguiera con el allanamiento y secuestrace los bienes presuntamente en infracción (cualquier barbaridad puede pasar en la viña del señor), todo eso debe ir documentado en el acta.
Y luego vendrán las responsabilidades por el mal desempeño de las funciones públicas.
Para ir culminando:
La ignorancia y el prepoteo de algunos actores e intereses privados en el Uruguay, han atemorizado a la gente de bien y a los mas honestos.
Digamos las cosas por su nombre: los propietarios de los cables se presume, son personas vinculadas a algunos políticos de antaño, que no quieren perder la gallina de los huevos de oro.
Excede el foro tratar estos asuntos coasi-políticos. Yo los trato pero en otras partes.
Hay un informe de una Fundación alemana que yo mismo he citado en este foro y donde se dice quiénes son los dueños de los cables en Uruguay y cuanto recaudan (fuente:
http://www.4shared.com/office/jlGuc-mQ/08659.html).
Sus ganancias son varias veces millonarias.
Son ellos a través de alguna renombrada asesora letrada que ponen en boca de los ignorantes palabras como las que te han dicho en la URSEC.
Desgraciadamente hay mucho ignorante por ahí y por lo que tu cuentas, mucho ignorante dentro de la propia URSEC.
O en todo caso, no son ignorantes pero están embedidos de los intereses privados y han perdido objetividad.
Yo en tu lugar me quedaría quieto y tranquilo. No haría nada y por supuesto no ocultaría mis antenas, porque no hay ley que castigue con multa o prisión el FTA, mientras sea FTA puro.
Y para finalizar ... no se le puede pedir un certificado a la USERC, porque creo que no está dentro de sus cometidos.
Y esto es otro asunto que corresponde al derecho administrativo y no al penal.
Es como pedirle al Registro Civil que te de un certificado de soltería.
El Registro Civil no te va a dar una partida de "soltero".
Sos soltero y chau ... sin embargo, ese certificado se expedía antiguamente para ser presentado en algunos países.
Pero no para el Uruguay.
Así que pedirle a la URSEC que te de un certificado de que sos inocente, es innecesario, tanto como pedirle al Registro Civil que te expida un certificado de ser soltero.
Si sos una persona de bien, para eso no se necesita pedir certificados. ¿o no?
PD: cuando yo no era muy experiente quise hacer una asociación Civil para promocionar el FTA (en Uruguay).
Tuve solamente dos o tres seguidores en un blog que tuve algunos meses.
En nuestro país, parece que hacer las cosas bien, no está en los planes de nadie.
Pero yo sigo ilusionado con la idea de hacer en Uruguay una Asociación para la defensa del FTA (el verdadero).
No creo que presionando a la URSEC se logre algo.
Para eso habría que ir al parlamento o a los ámbitos donde dice el gobierno se va a debatir la reforma de la TV digital.
Yo todavía no se donde queda eso. Pero en la URSEC, seguro que no es.